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Brasil | Deportaciones sumarias y criminalización de las acciones humanitarias

Organizaciones de la sociedad civil y de Iglesia en Brasil -entre ellas el Servicio Jesuita a Migrantes y Refugiados- manifiestan su preocupación ante los hechos ocurridos el pasado 17 de marzo en Pacaraima (Roraima) en la frontera con Venezuela, cuando la Policía Federal y la Policía Civil, con el pretexto de hacer una inspección sanitaria en el marco del COVID-19, ingresaron sin orden judicial a la Casa de San José, albergue donde se brinda asistencia social y ayuda humanitaria a migrantes venezolanos, y desalojaron a más de 70 personas, entre ellas 21 mujeres, incluso gestantes y 40 menores de edad, y detuvieron a la hermana Ana María da Silva, responsable del albergue, acusada de violar el artículo 268 del Código Penal brasileño (Infringir la determinación de las autoridades públicas, diseñado para prevenir la introducción o propagación de una enfermedad contagiosa).


En una demanda presentada por el Ministerio Público Federal y la Defensoría Pública de la Unión -DPU- reseñan el hecho como una política intimidatoria contra las entidades religiosas, organizaciones sociales y defensores de derechos humanos, y por supuesto para atemorizar al pueblo venezolano, registra Globo.com.


Estas afirmaciones resultan alarmantes, entre toras razones:

i) por las deportaciones sumarias que vienen en aumento según la misma DPU, ii) por la actuación desproporcionada de las fuerzas policías frente a la población civil, y iii) porque las acciones humanitarias buscan garantizar la protección y defensa de la vida de los migrantes en extrema vulnerabilidad y no deben ser criminalizadas.

Las organizaciones manifiestan que el gobierno federal utiliza la pandemia como argumento para violar los derechos de los migrantes y refugiados en Brasil. Desde marzo del 2020 se impidió el ingreso al país de extranjeros por vía terrestre y desde entonces se vienen presentando deportaciones, repatriaciones inmediatas y descalificaciones de las solicitudes de asilo sin derecho a la defensa y al debido proceso judicial, evidenciando una clara discriminación hacia los venezolanos. La Ordenanza No. 652 de 25 de enero de 2021 establece que cualquier extranjero que entre al país de manera irregular está impedido para solicitar refugio y podrá ser deportado. A pesar de las restricciones semanalmente se registra el ingreso de 1.500 personas por pasos no oficiales. Estas decisiones desconocen tratados internacionales suscritos y ratificados por Brasil y ponen en riesgo la vida de quienes buscan protección internacional y están quedando en una situación de total desprotección y vulnerabilidad.


La actuación de las autoridades resulta desproporcionada y evidencia una persecución activa de las personas indocumentadas. Estas intimidaciones pueden afectar el acceso a servicios de salud y asistencia social de los migrantes en situación no regular por el miedo a ser deportados o detenidos. La Ley de Migración prevé el acceso a estos derechos independientemente de la condición migratoria. Esta actuación expuso nuevamente a los menores de edad a una situación de miedo, inseguridad y vulnerabilidad, siendo incompatible con todas las garantías a las que el Estado brasileño debe asegurar, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificado en septiembre de 1990.


Finalmente, reconocemos que el acompañamiento social y humanitario que las entidades de la sociedad civil brindan a los migrantes en situación no documentada tampoco es ilegal, ya que no tiene como objetivo lograr fines lucrativos ni incentivar la migración irregular con esta labor, sino únicamente salvaguardar la supervivencia, la dignidad y los derechos en situaciones de extrema vulnerabilidad que deben ser garantizadas por el propio Estado.


Deben ser las autoridades públicas las responsables de ofrecer alternativas para la protección y seguridad de estas personas en medio de la crisis sanitaria, en lugar de criminalizar la asistencia humanitaria. Por esto, las organizaciones de la sociedad civil y los trabajadores humanitarios deben ser respetados y las autoridades deben abstenerse de cualquier intento de intimidar o restringir sus actividades, con la libertad de asociación y la intervención no estatal en el funcionamiento de las asociaciones con garantías constitucionales.


Recomendaciones

Desde la Red Jesuita con Migrantes insistimos que ante la crisis sanitaria y humanitaria provocada por la propagación del coronavirus COVID-19, la solidaridad se impone como el más efectivo de los protocolos.


Por eso, sumándonos a las voces del SJMR y de muchas otras organizaciones de la Iglesia y la Sociedad Civil brasileña, instamos a las autoridades del país a:


- Reconocer que el acto de migrar nunca puede caracterizarse como ilegal, sino como un derecho humano.


- Acoger las recomendaciones proferidas por el CNDH -Consejo Nacional de Derechos Humanos- (Recomendación 5 del 18 de marzo de 2021) y las consideraciones jurídicas de ACNUR, pues las medidas frente al COVID no pueden resultar en la negación de una oportunidad efectiva de solicitar asilo o dar lugar a la devolución.


- Acoger la Nota técnica conjunta del Ministerio Público Federal (MPF), la Defensoría Pública (DPU), el Ministerio Público del Estado (MP / RR) y la Defensoría Pública de Roraima (DPE / RR) presentada el pasado 3 de marzo en la que proponen el ingreso excepcional, en territorio brasileño, de venezolanos que se encuentren en grave situación de vulnerabilidad, siempre que hayan sido previamente autorizados por las autoridades sanitarias.


- Implementar la recomendación del CNDH y abstenerse de realizar rondas ostentosas, barreras de inspección o controles documentales que impidan que las personas migrantes accedan a las instalaciones sanitarias y asistenciales, públicas y privadas, disponibles en el Municipio de Pacaraima, especialmente de las personas migrantes sin estatus migratorio regular.


- En el caso de que el desalojo sea imprescindible por la seguridad de las personas acogidas, se deberá realizar el traslado inmediato a un albergue en condiciones dignas, según establece la Recomendación 10 de la CNDH, de 17 de octubre de 2018.


- No promover deportaciones, colectivas e inmediatas, sin garantía del debido proceso legal, especialmente de migrantes considerados "hipervulnerables". Igualmente, garantizar el interés superior del menor disminuyendo los riesgos que puede acarrear el desplazamiento de personas durante la pandemia como fue advertido por el CNDH, en la Recomendación número 10, del 17 de octubre de 2018.


- Respetar la autonomía y dignidad de los trabajadores de servicios de acogida humanitaria, organizaciones internacionales, asistenciales y de la sociedad civil que promueven la defensa de los derechos humanos de las personas migrantes. En este sentido, que las autoridades involucradas no investiguen sin la debida autorización judicial, no criminalicen ni amenacen el desempeño legítimo de los miembros de las organizaciones de la sociedad civil en los servicios de recepción humanitaria y asistencia a los migrantes, independientemente de su condición migratoria.


La Red Jesuita con Migrantes reconoce y agradece el trabajo de los actores humanitarios en Brasil, y suma su voz frente a esta dinámica de persecución y agotamiento de las personas migrantes forzadas venezolanas y de los/as defensores/as de derechos humanos en el país.


Compartimos el comunicado de las organizaciones firmado por las organizaciones brasileñas. AQUÍ


Si quieres sumar tu voz firma el comunicado, lo puedes hacer aquí.

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